La justicia
entendida desde el utilitarismo es una concepción de tipo sumativa en la cual
es importante llegar a conformar a la mayor cantidad de personas posible.
Quiere decir que las medidas que se deben tomar deben ser, siempre, pensando en
la visión y el efecto general de la población. Por esto, podemos ver cómo, el
utilitarismo es en definitiva de carácter agregativo y no distributivo. Quiero
decir, siendo que lo importante es la mayor cantidad a quienes se beneficie
para determinar la justicia. Lo cual es absolutamente arbitrario desde el punto
que se limita el derecho de las minorías. Estas se verían realmente
perjudicadas en caso de ser enfrentadas a la opinión de determinadas mayorías.
Si la justicia fuera utilitarista debería tomar la decisión que satisfaga a la
mayor cantidad de personas siendo esto verdaderamente relativo. Por ello es que
un juez debe atenerse a un código el cual expresa su accionar y no puede
ejecutar la justicia de acuerdo al humor de las mayorías. Por su parte, los
liberales deontológicos son detractores de los utilitaristas por entenderlos
como un modelo inacabado de justicia. Se
basan sobre los principios de que debe garantizarse lo justo o lo recto de
manera tal que no pueda ser sobrellevada con la opinión de las mayorías como si
ocurre con los utilitaristas. Los principios liberales accionan en medida que
se desempeña la justicia como institución. Argumentan que el utilitarismo puede
desembocar en actos repudiables de quienes controlen la opinión y puede verse
manipulada la legalidad hacia actitudes que nada tengan de justas y
equitativas. La idea de los liberales es la justicia con imparcialidad sin
accionar de manera plebiscitaria sobre la misma. Estamos hablando de una
justicia distributiva, cuando nos referimos a la liberal, excluye la
posibilidad de preferencias enmarcadas en el “velo de la ignorancia” que
pudiera ser beneficiaria de las clases más acomodadas. Por último los
libertarians, son próximos a los
deontológicos
Y buenos opositores
de los utilitaristas. Comparten la idea de justicia equitativa pero difieren en
cuanto al rol del estado. Para estos el mismo debe limitarse a regular de
manera tal que no interfiera en más cuestiones que las inherentes a un estado
mínimo.
Pablo Splawski
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